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¿Es suficiente la cárcel para frenar el abandono de personas mayores en Costa Rica?

Sábado, 23 de Agosto de 2025
Políticas y Derechos

“El 30 de julio pasado, don Adán completó 110 días hospitalizado. Las dolencias por las que esta persona mayor ingresó al Hospital Nacional de Geriatría Raúl Blanco Cervantes ya fueron solventadas, pero no ha podido ser egresado porque no hay familiares o allegados que se hagan cargo de él. Él es el rostro del abandono.

En camas cercanas, otras dos personas mayores completaron, en esa misma fecha, 69 y 68 días internadas y la cama de ese hospital es la única garantía de comida, abrigo y atención.

Por las particularidades de don Adán, el hospital gerontológico Blanco Cervantes está esperando que el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) encuentre un hogar seguro para él.

Mientras tanto, los médicos y las enfermeras, son su compañía. El abandono de personas mayores es multicausal, y en muchos casos puede influir la pobreza, las dificultades del cuido y la falta de suficientes apoyos familiares, comunitarios e institucionales.

No obstante, también están los que abandonan, simplemente, porque sí. Según informes del Organismo de Investigación Judicial y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el abandono de personas mayores se multiplicó por ocho en hospitales desde el 2016.

Por ejemplo, el Hospital San Juan de Dios registró entre 36 y 50 casos anuales entre el 2020 y el 2024. Mientras que entre enero y abril de 2025 dicho nosocomio reportó 40 casos, el equivalente a 10 casos de abandono por mes.

En estos casos, el centro médico primero hace un análisis de las redes de apoyo de la persona afectada. Si la familia se rehúsa a recibirla al momento del egreso, se interpone la denuncia ante las autoridades judiciales.

Un proyecto de ley pretende incrementar las penas de prisión para quien abandone a una persona mayor es otro esfuerzo por aminorar esta problemática. Se trata del expediente legislativo 24.244 propuesto por el diputado Fabricio Alvarado Muñoz, del Partido Nueva República.

El expediente contiene un único artículo que modifica el numeral 142 bis del Código Penal. De esta manera, la pena por abandono, que hoy oscila entre diez y cien días multa (de ¢154.000 a ¢1,5 millones) o de uno a seis meses de prisión, pasaría a penas de cárcel de uno a tres años.

Si producto del abandono la persona mayor fallece, la pena mayor, hoy fijada en 10 años, subiría a 18. Inicialmente, este proyecto de ley fue aprobado en primer debate el 28 de marzo pasado, no obstante, el 8 de abril fue avalada una moción para devolver la iniciativa al primer debate y poder hacer un ajuste al texto, planteado por varios legisladores.

Desde entonces hace fila para hacer esa modificación y darle de nuevo primer debate y, posteriormente, segundo debate.

¿Una reforma punitiva es suficiente?

Además de las sanciones antes mencionadas, la reforma introduce el verbo “descuidar” y establece que cualquier persona puede cometer el delito, no solamente quien tiene la obligación de cuidar.

Según Rodrigo Chaves Jiménez, abogado penalista, el vocablo “descuidar” es muy amplio y su inclusión de este término podría lesionar el principio de legalidad criminal, el cual implica que los delitos estén redactados de forma clara y precisa. Tampoco queda claro cómo se determina cuándo una persona mayor está en estado de vulnerabilidad.

También considera que el texto puede incurrir en una imprecisión al no establecer legalmente quiénes tienen la responsabilidad de cuido de la persona vulnerada, no es cualquiera el que puede ser penalmente responsable de descuidar o abandonar a una persona mayor, aseveró.

La norma contiene calificaciones por el resultado, dado que se aumenta la pena cuando hay un peligro para la vida o la salud de la persona mayor, cuando se le generan lesiones y cuando se produce la muerte como resultado del abandono.

Sin embargo, Chaves también encontró una incongruencia del legislador al sancionar la muerte de la persona mayor con una pena de prisión de 12 a 18 años, mientras que el homicidio culposo prevé un rango de sanción que va de los seis meses a los ocho años de prisión en su forma básica y de uno a diez años de prisión en su forma agravada.

Fabricio Alvarado reconoce que el abordaje del abandono no se resuelve únicamente desde la vía legislativa. Es vital articular esfuerzos directos con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam), la Caja Costarricense de Seguro Social y las municipalidades.

La reforma propuesta tampoco atiende a las personas mayores en situación de calle ni a la población adulta mayor migrante.

En febrero del 2025, según información de la Oficina de Trabajo Social del Hospital San Juan de Dios, se documentó el caso de una mujer que permaneció 74 días hospitalizada porque cuando se remitió su caso al Conapam, con solicitud de reubicación, dicha entidad la rechazó por carecer de presupuesto para población migrante.

Por todo esto, Alvarado urgió la necesidad de fortalecer la presencia de equipos especializados para la identificación y atención de personas mayores migrantes y en condición de calle.

Además de la reforma al Código Penal, en la Asamblea se han presentado otras iniciativas con reformas al régimen de pensiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, mejoras en la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor y propuestas que buscan ampliar el acceso a servicios de salud y a programas de recreación y acompañamiento.

Entre otros, la diputada Olga Morera, de Nueva República, presentó el proyecto de ley 24.959, el cual propone la hipoteca inversa para que sea dirigida exclusivamente a personas mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%. Para comprobar que el crédito contratado lo recibirá la persona con esas condiciones se deberá realizar un estudio socioeconómico que deberá ser verificado por la entidad acreedora, el Conapam o el Conapdis.

Una población expuesta a más vulneraciones

En junio anterior, el Programa de Atención Integral de la Persona Adulta Mayor (PAIPAM) de la Universidad Nacional alertó sobre el incremento sostenido de casos de maltrato, abandono y estafas contra personas mayores en Costa Rica.

De acuerdo con Ana Monge Barrantes, coordinadora de PAIPAM, el maltrato a las personas mayores no se limita al daño físico, sino que incluye el abuso psicológico, sexual, económico, la negligencia y el aislamiento social; actos que afectan directamente la dignidad y los derechos de esta población.

Estas conclusiones académicas están sustentadas en estadísticas. En el 2023 el Ministerio Público registró 6.390 casos de delitos contra personas mayores, el 26% de ellos fueron estafas. De enero a octubre de 2024, últimos datos conocidos, se registraron 6.182 casos.

Por su parte, el Ministerio de Salud reportó 1.107 denuncias de violencia intrafamiliar en los primeros cinco meses de 2024.

El Programa PAIPAM propone reforzar las acciones previstas en la Política Nacional de Envejecimiento (2023-2033) y la Agenda del Envejecimiento Saludable (2021-2030), con énfasis en la educación intergeneracional y la corresponsabilidad social. También precisa la necesidad de fortalecer las redes comunitarias y mejorar los mecanismos de denuncia y seguimiento.”

Por Siany Mata Sánchez

FUENTE: nacion.com - 17/8/25

https://www.nacion.com/el-pais/es-suficiente-la-carcel-para-frenar-el-abandono-de/GFSWY36QWNGIPB6U3FMFNIUGBQ/story/