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Chile: “Deuda previsional histórica es incobrable”

Lunes, 28 de Marzo de 2005
Recortes de prensa

Gobierno apuesta acotarla en torno a US$ 440 millones actuales. 108 millones de dólares en cotizaciones previsionales quedan impagas cada año. Diez millones nunca se cobran.


"Reducir el actual stock de deuda previsional es imposible. Lo que queremos reducir con el nuevo proyecto de ley son los flujos de deuda". Así de claro fue ayer el ministro del Trabajo, Ricardo Solari, al comentar la abultada morosidad que arrastra el sistema  de AFP desde su puesta en marcha en 1980, la que alcanza a 266.736 millones de pesos (más de 440 millones de dólares), la cual fue dada a conocer por Diario Siete en su edición de ayer.

Las razones que impiden recuperar esta sustantiva cantidad son varias. Muchas empresas deudoras ya no existen o cambiaron de domicilio,  otras quebraron, el reclamo se realizó fuera del plazo legal o un porcentaje no menor de trabajadores se desistió de la demanda, debido al largo proceso de cobranza judicial (1,5 años en promedio).

¿Qué pasa entonces con los cotizantes perjudicados? Básicamente, perderán su dinero y verán afectado el monto de su pensión futura, ya que ni el estado ni la AFP operan como avales solidarios del incumplimiento previsional de los empleadores.

Peor aún es el panorama para aquellas personas que, debido a sus bajos sueldos, deban recurrir a la garantía estatal de pensión mínima (en torno a los 80.000 pesos en dinero de hoy). De acuerdo a la ley, quienes optan a este beneficio deben tener al menos 20 años de cotización o 240 cotizaciones mensuales. Sin embargo, los trabajadores que por culpa de su empleador no logren cumplir con este requisito, quedan excluidos del beneficio, debiendo conformarse con pensiones asistenciales (15.000 pesos aproximadamente).

El número de personas potencialmente afectadas por esta situación no es todavía de conocimiento público. Lo que sí es evidente es que el gobierno ve con preocupación el crecimiento exponencial de las pensiones mínimas y asistenciales, dado el alto costo que este item representa en la actualidad y lo agobiante que resultará en diez años más.

"El impacto del no pago de este tipo de cotizaciones repercute en forma directamente proporcional en el aumento de los costos y de la cobertura de las pensiones mínimas y asistenciales otorgadas por el Estado en su rol de garante, según lo indica la Constitución en el artículo 19", explican en el gobierno.

Debido a la gravedad de las proyecciones, La Moneda –a través de la cartera del Trabajo- envió el año pasado tres proyectos de ley que corrigen las actuales distorsiones que afectan al mundo previsional, aunque las expectativas alcanzan sólo a que con ellas se frene el incremento de la deuda previsional.

Cambios en 30 días

En primer término, se busca perfeccionar los mecanismos de cobranza judicial de cotizaciones, dando mayores atribuciones a los jueces y aumentando las medidas de coerción en contra del empleador.

La norma, que ayer empezó su tercer trámite parlamentario, busca faenar el incremento experimentado por la deuda previsional en los últimos cinco años (50% del total, unos 133.000 millones de pesos) y evitar que los trabajadores sufran las consecuencias del no pago de sus cotizaciones a la hora de jubilar.

"Esperamos que este proyecto sea ley de la República en 30 días más. Hay un amplio apoyo político a esta iniciativa", adelanta Solari.

Según la Superintendencia de AFP, mensualmente el 5% de las cotizaciones corresponde a declaraciones que no se pagan. Es decir, el empleador reconoce la deuda previsional, pero no la cancela.

Esto se traduce en que año a año unos 108 millones de dólares no se depositan en las cuentas de los trabajadores,  lo que perjudica directamente a la pensión futura. En algunos casos, el daño es acotado, porque un 90% de ese dinero se recupera en un plazo de 24 meses. Pero el 10% restante significa que más de 10 millones de dólares anuales se suman a la deuda histórica.

Es justamente esta demora en el cumplimiento de la obligación y la cobranza lo que el Ejecutivo busca eliminar. "El proyecto establece una medida cautelar especial, la que el juez podrá decretar en cualquier etapa del juicio, con la finalidad de asegurar el pago. En concreto, el juez podrá ordenar descontar el monto adecuado al trabajador de la declaración de renta del empleador", explica la secretaria de Previsión Social, Marisol Aravena.

Otro cambio importante es la  introducción del litigio electrónico, el cual permitirá agilizar aún más los juicios y la creación de nueve tribunales dedicados exclusivamente a esta tarea. Al parecer los días de "paga Moya", se acabaron.


Fuente: Diario Siete
Autor: Edgardo Ortega
Fecha: 3 de Marzo de 2005