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Ecuador. Derechos de ancianos son poco conocidos

Jueves, 01 de Abril de 2010
Políticas y Derechos

La existencia de normas dispersas y la escasa difusión son parte de su falta de aplicación.

Antecedentes
La Constitución aprobada en 2008 señala, en su artículo 36, que las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de la inclusión social y económica, y protección contra la violencia.
El artículo 37 reza que el Estado le garantiza al grupo exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley, y el acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión.

Los derechos de las personas de la tercera edad son poco conocidos y ejercidos en el país. Es la conclusión a la que llegaron varias entidades que trabajan con el grupo en el país y que esta semana participaron en una mesa redonda realizada en Guayaquil. Dicho acto fue parte de un programa que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) impulsa, a fin de promover políticas de protección integral para los derechos humanos de los adultos mayores.

En la plenaria realizada antes de ayer, representantes del MIES, Servicio de Rentas Internas (SRI) y de las Asociaciones de Jubilados coincidieron en que en los lugares públicos y privados, como Empresa Eléctrica y bancos, donde se realizan trámites públicos, se ve poca concurrencia del grupo vulnerable, pese a que en esos sitios pueden gozar de beneficios como descuentos.

Por ejemplo, se planteó que algunos adultos mayores de 65 años de edad desconocen que están exonerados de pagar el Impuesto del Valor Agregado (IVA), pago de facturas, descuentos en la cancelación de la matrícula del vehículo de su propiedad, los cuales deben ser restituidos a través del SRI; y que están exentos de las prestaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas del Ecuador (ISSFA) y demás pensionistas.

Alcira Rivera, una mujer de 65 años de edad, es una de las integrantes de ese grupo etario, quien recién se entera de que tiene derechos como descuentos en los servicios públicos. Ayer ella estuvo acompañada de su esposo para informarse de los beneficios que brinda la entidad.

“No sabía que podía tener beneficios por entregar facturas al SRI. También desconocía que me podían devolver el IVA por mis compras de medicinas, alimentación, vestuario”, dice Rivera

Para ella, este último derecho que tiene es favorable, ya que puede recuperar un poco del dinero invertido, sobre todo porque ni su esposo ni ella reciben la jubilación del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Carmen Cucalón, de 67 años de edad, quien hace poco conoció los descuentos que tienen los adultos mayores, señala que con asesoría de una amiga pudo recuperar hasta US$ 120. “Esto ayuda mucho porque cuando uno pasa por la tercera edad tiene la necesidad de comprar muchos remedios”, menciona.

Para Rivera y Cucalón, las instituciones públicas y privadas deberían realizar campañas de difusión sobre la Ley del Anciano y de los beneficios que gozan pues, como ellas, todavía hay más adultos mayores que no saben sobre sus derechos.

Sobre este tema, Elvis Rovayo, director regional (e) del SRI, asegura que todas las personas mayores a 65 años de edad pueden acercarse hasta la dependencia con su cédula original e inscribirse en la base de datos.

Ellos, afirma, son atendidos de forma inmediata al entregarles un turno especial para la consulta de los diversos temas.

Con respecto a los beneficios que le corresponden al colectivo, indica Rovayo, existen tres: Rentas Internas, devolución del IVA y descuentos en la matriculación vehicular.

Según el artículo 14 de la Ley del Anciano, “toda persona mayor de 65 años de edad y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas, o que tuviera un patrimonio que no exceda de quinientas remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de toda clase de impuestos fiscales y municipales”.

El funcionario explica que para el pago del Impuesto a la Renta existe una tabla para las personas naturales de US$ 8.910, mientras que para las personas de 65 años de edad esta última fracción se transforma en el doble de lo normal, siendo este un beneficio para el colectivo.

Él explica que si ellos ganan US$ 17.820 no pagan el Impuesto a la Renta porque esa es la fracción desgravada y de ahí hacia abajo no paga nada. “Pero, a partir de US$ 17.821, ya pagan el Impuesto a la Renta, todo esto de acuerdo a la Ley del Anciano”.

En ese sentido, Ángel Medina, director de Gerontología del MIES, señala que la institución realiza campañas continuas para la promoción de los derechos de los ciudadanos, en especial de ese grupo etario.

Él espera que no sólo se haga una reforma legal a la Ley del Anciano, sino que “se enmarque en los nuevos preceptos constitucionales. De allí que se hace un llamado para que en la construcción del anteproyecto de la Ley del Adulto Mayor participen activamente todos”.

El funcionario critica que, más allá de las exenciones tributarias, así como en el pago por el consumo de los servicios básicos que se encuentran señalados en la Ley del Anciano, los derechos de los adultos mayores son desconocidos porque se encuentran dispersos en varios cuerpos legales y normativos, como son el Código Civil y Penal, Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, Ley de Tránsito, entre otras normas.

“Resulta bastante difícil que el común de los ecuatorianos y los adultos mayores conozcan a plenitud todos los derechos que nos protegen, aquello hace necesario codificarlos en un solo cuerpo legal que bien puede denominarse código orgánico del adulto mayor”, observa.

El funcionario señala que el departamento que él dirige sigue recibiendo denuncias por vulneración de los derechos a ese colectivo. “Por la falta de observación a la Ley del Anciano”, acota.

Pero, continúa, las leyes que más se violan son las relacionadas con el “derecho de familia, aquellas como el Código Civil, el cual establece que los hijos tenemos obligaciones con nuestros padres”, informó Medina.

FUENTE: El Telégrafo. 31/3/2010.
http://www.telegrafo.com.ec/zonaciudadana/noticia/archive/zonaciudadana/2010/03/31/Derechos-de-ancianos-son-poco-conocidos-.aspx