Costa Rica. Informe sobre los resultados del estudio realizado en CONAPAM, en relación con el cumplimiento de sus fines y funciones

Lunes, 26 de Febrero de 2007

Canal: Políticas y Derechos


INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO REALIZADO EN EL CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA ADULTA MAYOR (CONAPAM), EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES Y FUNCIONES


INFORME No. DFOE-SOC-5-2007
12 de febrero, 2007
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES


RESUMEN EJECUTIVO

Estimaciones del Instituto Nacional de Estadística y Censos muestran que, en un período de 25 años, el porcentaje de personas adultas mayores de sesenta y cinco años de este país con respecto al total de habitantes se duplicará, pasando de un 5,59% en el 2000 a un 11 % en el 2025.

Dicha situación ha motivado la ejecución de acciones específicas dirigidas a ese grupo poblacional, entre ellas, la aprobación en el año 1999 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, No. 7935, que señala los derechos para estas personas y las responsabilidades concretas a diversas instituciones del sector público, además crea el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), como un órgano adscrito a la Presidencia de la República, rector en materia de envejecimiento.

Con el objetivo de determinar si las políticas dictadas y las acciones ejecutadas por el CONAPAM, cumplen con el propósito de crear condiciones y oportunidades para que las personas adultas mayores tengan una mejor calidad de vida, esta Contraloría General efectuó un estudio relativo al cumplimiento de los fines y funciones que le asigna la Ley No. 7935 y otras conexas, durante el período del 1° de enero de 2005 y el 31 de julio de 2006, el cual se amplió cuando se consideró necesario.

Como resultado, se determinó que el CONAPAM no realiza buena parte de las funciones de rectoría técnica que le asigna la Ley No. 7935, lo cual se refleja básicamente en la insuficiencia de políticas y planes nacionales en materia de envejecimiento y en la ausencia de mecanismos de seguimiento acerca de los programas y proyectos ejecutados por las instituciones públicas, en beneficio de las personas adultas mayores.

Se determinó la escasa asistencia a las sesiones de algunos miembros de la Junta Rectora y la naturaleza poco estratégica de muchos temas discutidos en esas sesiones, y a recursos originados en la Ley No. 7972 que se mantienen inmovilizados lo que limita las acciones del CONAPAN en cuanto al Programa 2 Envejeciendo con calidad de vida; siendo una de las causas de la poca cobertura en cuanto a cantidad de adultos mayores beneficiados con los recursos que administra y distribuye ese Consejo.

Por consiguiente, la Contraloría General recomendó al Presidente de la República instruir a los miembros de la Junta Rectora del CONAPAM, para que asistan regularmente a las sesiones convocadas por ese Consejo, facilitando así la labor en materia de envejecimiento se le han encomendado; asimismo, a la Junta Rectora se le dispuso efectuar acciones concretas y establecer los controles que le permitan cumplir a cabalidad con todas las funciones que las distintas leyes le asignan a esa entidad; para ello se solicita implementar instrumentos como fortalecer la planificación institucional 2006-201 logrando compromiso de las autoridades superiores de cada institución; el seguimiento y evaluación de los programas afines.

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