Editorial RLG - Octubre 2025

Viernes, 31 de Octubre de 2025

Canal: Editoriales RLG

En el mes de octubre, de las distintas informaciones que compartimos, queremos mencionar una nota sobre una propuesta que surge en México vinculada a prohibir en la constitución la discriminación laboral por edad. De prosperar la iniciativa, es una buena noticia que va en la línea de lo que establece la Convención para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, tratado aprobado en este país.

Nos gustó compartir esa nota, no únicamente por la noticia, sino porque invita a ver un poco más allá del titular y hace algunas preguntas - a la vez que genera algunas advertencias - que todas y todos deberíamos hacernos cuando hablamos del derecho a la no discriminación laboral por edad.

No es extraño encontrar medidas en favor de las personas mayores que tienen riesgos ocultos si no las tomamos con cautela o no se blindan para que realmente sean protectoras y promotoras de los derechos de las personas mayores. El derecho a la no discriminación laboral es un claro ejemplo de esto y es lo que nos instala esta nota. Más allá de los beneficios del trabajo en términos de salud mental, más allá del hecho real de que las personas mayores son excluidas de oportunidades laborales sobre la base de estereotipos negativos, o que muchas buscan continuar trabajando para complementar sus ingresos, surgen algunas preguntas. 

¿No existe adicionalmente un beneficio en el alivio a los sistemas de jubilaciones y pensiones que tan presionados están en la mayoría de los países de América Latina y el Caribe? 

¿No debiera tal vez el derecho de las personas mayores al trabajo ir de la mano de medidas afirmativas que protejan no sólo el acceso sino además las condiciones en que las personas mayores acceden al mismo?

¿No hay una mayor protección del derecho al trabajo si se combina con medidas que aborden las barreras en el acceso? Por ejemplo: acceso a capacitación para la actualización o reconversión laboral, sensibilización a empleadores y compañeros de trabajo para prevenir la discriminación por edad, la eliminación de barreras físicas, la promoción de medidas de adaptabilidad, entre otras. Todas ellas si hablamos de empleos formales. 

En el mundo de la informalidad laboral, las personas mayores hoy ya están trabajando. En México y en todos los países. No es que esto suceda porque estén exentas de discrimiación, sino porque muchas personas mayores quedan por fuera de los sistemas de jubilaciones y pensiones, o porque estando incluidas, éstas son tan escasas que se ven obligadas a trabajar en la informalidad para complementar sus ingresos. 

Lo otro que nos debemos preguntar es ¿Cuando la decisión de la edad de jubilación reside solo en la persona, el acceso no es más complejo? De alguna manera, obliga al trabajador a negociar con el empleador, siendo una negociación asimétrica. 

Sin dudas que abordar la no discrimiación laboral es un aspecto por demás importante, pero no exento de complejidades que demandan un análisis cauteloso de medidas complementarias que blinden el derecho a ser protegido.

Soledad Rodríguez 

Coordinadora RLG