Discriminación con Adult@s Mayores

Viernes, 02 de Julio de 2004

Canal: Políticas y Derechos

(2-7-2004). Síntesis de la presentación en el Tribunal Ético realizado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Diciembre-2002) por el Dr. Santiago N. Pszemiarower con la colaboración de la Lic. Nora Pochtar. Comisión "Los Adultos Mayores y sus Derechos" de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de la República Argentina.

Desde que nace y hasta que muere, el hombre y la mujer forman parte de la sociedad y ésta no tiene derecho a desentenderse de ell@s en la vejez que, al fin y al cabo, no es más que una parte de la vida.

Introducción

Para la República Argentina el actual 14,4 % de personas de 60 y más años, equivale aproximadamente a 5.000.000 de ciudadanos Mayores con un  promedio de vida para las mujeres de 76 años y para los hombres de 70 años que se elevará en el año 2010 a más del 15 %. El cambio demográfico conlleva mayores demandas de seguridad social y servicios sociales específicos para este grupo etáreo. Hay que tener en cuenta que la República Argentina es el segundo país proporcionalmente más envejecido de América Latina.

Las cifras nos deben hacer reflexionar sobre la incorporación de éste segmento poblacional a los Servicios de: ** Educación; ** Vivienda; ** Salud; ** Oportunidades de Trabajo; ** Recreación, muchos de los cuales son deficitarios, insuficientes o inexistentes.

Asimismo, el número de familias del que dependerán tanto las Personas de Edad como los jóvenes va en aumento. Aunque las mujeres son quienes actualmente proporcionan la mayor parte de la atención a las y los ancianos miembros de la familia, este apoyo está disminuyendo, toda vez que aumenta el número de hijas, esposas y nueras que salen a trabajar o intentan hacerlo.

Las políticas sociales deben formularse no sólo en función de los Mayores y sus necesidades específicas, sino también dentro de un contexto intergeneracional, siendo un consenso universal que los Programas destinados a las Personas de Edad deben estar basados en la familia y en la comunidad. Los programas de acción como objetivo fundamental deben preservar la identidad social de los Ancianos, evitando de todas las formas posibles el aislamiento y la segregación social de los mismos, para que puedan prolongar durante el mayor tiempo posible su autonomía.

Institucionalización

Los temas referidos a Gerontología representan un amplio firmamento, del cual tal como si a través de un telescopio lo visualizáramos, uno de los escenarios donde más se vulneran los Derechos es la institucionalización. Aunque esta problemática lamentablemente afecte a todos los seres humanos sin distinción de edades cuando deben vivir situaciones tan dolorosas.

Al abordarse el tema de internación geriátrica es muy común que se eufemice, se disfrace o se niegue; veamos qué ocurre entre mito y realidad:

El mito sostiene que gran número de personas Mayores "viven mejor en los geriátricos, con la gente de su edad y personal que los atienda"; la realidad nos demuestra que en nuestro País tenemos un índice bajo de Ancianos que viven internados, solamente el 2 % de la población total de personas de 60 años y más.

Se ha mencionado el asombroso crecimiento del grupo de Adultos Mayores y la permanencia en la Sociedad de falsos estereotipos ha contribuido a reforzar el mito, no obstante en los últimos años al incrementarse la pobreza sumado al desempleo de los hijos, las instituciones oficiales, señalan tener una mayor demanda.

En la mayoría de los países, la familia es aún la principal proveedora de cuidados para los Mayores, la salida de la mujer al espacio laboral y social, y otros cambios -incluído el incremento de los divorcios-, son factores que contribuyen al aislamiento y a la soledad de los ancianos que en épocas no tan lejanas ocupaban un lugar privilegiado.

Para algunos Autores, estos cambios son más patentes en los países desarrollados y más acusados en las zonas urbanas que en las rurales; no obstante la experiencia nos indica que en países en desarrollo como el nuestro también se comprueban las mismas problemáticas, sumado al altísimo nivel de urbanización, el desempleo y todas las consecuencias negativas de las políticas económicas neo-liberales, donde el único privilegiado ha sido el "mercado".

La familia es un grupo insustituible en el cual debe permanecer el anciano el mayor tiempo posible, pues desvincularlo de su medio constituye un factor de alto riesgo social.

En este sentido la OMS en su informe Técnico Nº 706 insiste sobre la "necesidad de mantener al anciano en su entorno familiar, como medida óptima para la promoción de salud y la prevención de enfermedades".

En abril-2002 el Foro de o­ng´s y la II Asamblea Mundial sobre Envejecimiento, recomendaron enfáticamente, como una cuestión de Derechos Humanos, la implementación de las llamadas alternativas (Centros de Día, Hospital de Día, Atención Gerontológica domiciliaria, etc.).

El eminente Gerontopsiquiatra Suizo Dr. J.P.Junod ya había alertado sobre los riesgos de la institucionalización:

 "El ingreso en un asilo es para cualquier anciano prueba psicológica tremenda. A excepción de unos pocos enfermos que deciden ellos mismos el ingreso, hay que decir que esta medida viene a ser una despedida del pasado, a la que se asocia un sentimiento subjetivo de humillación.

 La pena de haber tenido que abandonar lo esencial de su "ámbito existencial" -barrio, vivienda, muebles propios- pertenece a una realidad demasiado inmediata para que quepan remedios cómodos.

Por lo demás, los reglamentos propios de tales instituciones se viven subjetivamente como coercimiento. A la vez, el pasado se embellece retrospectivamente, con lo que se refuerza el sentimiento de desfase que tienen la mayoría de estos pacientes". (2)

También el Dr. Leandro Despouy (3), se ocupó del tema expresando:

"Está probado que si bien la institucionalización afecta a una escasa minoría de personas, ella es en el fondo una de las formas más severas y comunes de exclusión de las mismas. Muchas veces las instalaciones se encuentran físicamente distanciadas de la comunidad, al estar situadas en zonas rurales y despobladas, con lo cual la exclusión es mayor. Dentro de aquéllas, las personas llevan una vida que poco o nada tiene que ver con la del resto de los miembros de la sociedad. En las instituciones, la libertad de asociación suele estar restringida, ya que se realiza una separación por sexos. Es muy común que se les abra el correo y se les niegue el acceso a otros medios de comunicación con el mundo exterior. La internación también suele dar lugar a la excesiva dependencia de drogas y otras formas de control del comportamiento. Aun las instituciones más modernas, con buen equipamiento e idóneo personal, tienen algo de deshumanizantes, ya que la institucionalización se basa en la suposición de que las personas no son capaces de llevar una vida independiente como integrantes de la comunidad, y de esa manera los residentes son animados a volverse pasivos y dependientes. El mismo hecho de segregarlos de la sociedad fomenta esa desviación, creando en los residentes el desarrollo de lo que se ha dado en llamar "carácter de institución", lo que dificulta el reintegro de esas personas a la comunidad.

Más allá de ciertos abusos horrendos, de los que con frecuencia suelen hacerse eco los medios de comunicación, sobre todo cuando aquéllos han implicado la muerte de la persona internada, en la vida ordinaria de las instituciones se presentan situaciones desgarrantes, generalmente ignoradas e impensables para quienes nunca han visitado un establecimiento de este tipo.

A su vez, las visitas tienen lugar en ambientes comunes, lo que impide un contacto afectivo natural tan necesario para esas personas cuando se encuentran con sus seres queridos. También suele ocurrir que las visitas vayan disminuyendo en número y habitualidad, sobre todo si la institución está alejada de la ciudad. Por más moderna y eficiente que sea la institución, el residente tenderá a ir perdiendo noción real del mundo exterior, con el que sólo podrá conectarse a través de la televisión, los familiares o amigos que lo visiten, siempre y cuando ello suceda. Ha acontecido -incluso en países desarrollados- que algunas personas "almacenadas" en instituciones pasen años y a veces el resto de sus vidas sin que nadie reclame por ellas a pesar de que se encuentren en condiciones de integrarse a la comunidad y de vivir en su seno". (4)

La Psicoanalista Francesa Maud Mannoni (5) se ocupa del tema refiriendo: "El uso del "chaleco-cinturón", parecería haber sido desterrado definitivamente, sin embargo en Francia [según relata la autora  y desgraciadamente nos consta que no sólo en ese País] ha sido suplantado por el "chaleco químico o farmacológico"; en un contexto donde sólo hay dos asistentes para treinta y seis personas, el número de amarrados al sillón o a la cama en los fines de semana y feriados se hace proporcional a la disminución de un personal ya insuficiente en el servicio".

"Los ancianos de "buen puntaje" son los pasivos y los que duermen todo el día. Nada se quiere saber de los perturbadores, cuya protesta tiene sin embargo valor de verdad (referido a una concepción normativa de la Gerontología que reduce al individuo a la condición de mero objeto de "cuidados", estándole negado el derecho a la palabra)".

Muchas Instituciones oficiales y privadas de nuestro país presentan el mismo cuadro, que una víctima resumió con estas palabras: "El mejor viejo es el que no rezonga ni se queja".

Algunos Organismos de Derechos Humanos, Organizaciones de Naciones Unidas y otros también, se pronunciaron sobre la problemática:

 "La incoherencia reina en cuanto al ingreso de una persona de edad muy frecuentemente considerada como objeto y no como sujeto que afronta una situación: así el ingreso se hace en función de la vacante de camas, lo que produce ciertas anomalías con respecto a la atención, anomalías que explican la heterogeneidad de las poblaciones acogidas, pero también las transferencias sucesivas que traumatizan a la persona de edad y aceleran el proceso de regresión: además una colocación errónea puede llevar a la irreversibilidad". (6)   

En el Protocolo Adicional a la Convención Interamericana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, llamado Protocolo de San Salvador (1988), en el acápite referente a la Protección de los Ancianos, se dispone:

 "Toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad. En tal cometido, los Estados Partes se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar ese derecho a la práctica, y en particular:

a) Proporcionar instalaciones adecuadas, así como alimentación y atención médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismas;

b) Ejecutar programas laborales específicos destinados a conceder a los ancianos la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus capacidades respetando su vocación o deseo;

c) Estimular la formación de organizaciones sociales destinadas a mejorar la calidad de vida de los ancianos". (art. 17)

Se podría señalar que la atención integral y adecuada de los ancianos sólo se puede lograr con su incorporación en todas las actividades de la vida comunitaria, en la cual se fortalezcan los vínculos Intergeneracionales y las acciones intersectoriales, con especial participación de los centros formadores de personal y los entes proveedores de servicios.

La adopción de esquemas de servicios encaminados a asegurar la vida independiente del anciano, y el reconocimiento de las condiciones dramáticas en las que viven los asilados y de los efectos desastrosos que la institucionalización tiene en el anciano no vulnerable, crean las condiciones para el abandono progresivo en la Región de los asilos de ancianos como fórmula de atención. Influenciados por esquemas de atención desarrollados en los países industrializados, grupos empresariales (nacionales y transnacionales) establecen y desarrollan hogares de ancianos o casas de reposo que operan con fines de lucro y ofrecen una amplia gama de servicios a Mayores con grados relativos de vulnerabilidad. En general, funcionan con un alto grado de autonomía operacional en la medida que el Estado ejerce un control más bien laxo, con un grado potencial de abuso relativamente alto.

En general el Programa Regional "Salud de los Ancianos" de la OPS, recomienda enfáticamente la necesidad de que se establezcan en cada país las normas de atención de los ancianos a partir de modelos orientados a la familia y a la comunidad. Deberá priorizarse el enfoque de riesgo tanto individual como colectivo, teniendo en cuenta los ambientes habitacionales, ocupacional y recreacional para generar acciones eminentemente preventivas y de promoción de la salud, con fuerte participación comunitaria. El Programa Regional no recomienda la apertura de nuevos hogares de ancianos ni la expansión de los existentes, sino más bien evaluar los que existen y mejorar sus condiciones físicas y de funcionamiento. (7)

El "Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento", reafirmó la convicción de que los Derechos Fundamentales e inalienables consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (O.N.U. 1948), se aplican plena e íntegramente a las Personas de Edad. Reconoce que la "Calidad de Vida, no es menos importante que la longevidad y que, por consiguiente, las Personas de Edad deben, en la medida de lo posible, disfrutar en el seno de sus propias familias y comunidades, de una vida plena, saludable, segura, satisfactoria, y ser estimadas como parte integrante de la Sociedad".

Se ha  demostrado que la institucionalización produce efectos no deseados sobre las personas, producto del cambio y del desarraigo, más allá de las propias causas que lo motivaron, que obliga a instrumentar todos los medios necesarios para contener esa situación y garantizar una correcta atención de los mismos, priorizando la calidad de vida y el respeto a sus derechos en todos los ámbitos.

No se puede desconocer el Derecho al domicilio

"El domicilio es uno de los atributos de una persona física o jurídica, por lo cual toda variación del mismo debe ser, en principio, voluntaria. El canon constitucional del libre tránsito confirma esta pauta para todos los habitantes del país (art. 14 bis).

En el caso de los ancianos, la cronología no establece que carezcan del domicilio como derecho y del cambio de residencia como elección.

Las residencias geriátricas son lo que su nombre indica, una residencia, y por lo tanto son los mismos ancianos quienes luego de evaluar la conveniencia de mudar temporal o definitivamente de residencia, pueden evaluar sus servicios y elegir vivir en sus instalaciones, contratando directamente con el prestador.

Esta mudanza no puede transformarse en una internación o un castigo que esgrimen parientes abusadores en sus amenazas contra los mayores. Las internaciones están limitadas a los enfermos físicos o psíquicos.

Desde el punto de vista legal privar a una persona capaz de su libertad, imponiéndole una residencia compulsivamente, es un delito.- De ese delito participan tanto quienes prestan el servicio de residencia geriátrica, sin el consentimiento informado del anciano, como los familiares que mediante coacción establecen esta forma atípica de contratación.

En caso de duda sobre la capacidad de elección, la justicia debe intervenir para evitar la transgresión de los derechos humanos de los ancianos. En una adecuada regulación sobre las instituciones debería contemplarse un mayor control sobre la forma de ingreso de los alojados, para poder proteger a los compelidos a mudar de domicilio.

Todo lo expuesto teniendo en cuenta que el mantenimiento de un domicilio de su elección debe ser la regla para el anciano y la institucionalización la excepción, con todos los recaudos para garantizar la calidad de vida de los alojados.

Para ello, sin perjuicio de la legislación, debe establecerse la conciencia suficiente a través de la divulgación de los derechos de los ancianos a la elección del lugar donde desean vivir". (8)

Es indudable que el actual modelo de prestaciones debe ser modificado, incluyendo no sólo a los establecimientos geriátricos privados sino también aquellos que dependen de Entidades de Bien Público, Municipios, Provincias y Nación, y reemplazarlo por una modalidad de atención que integre a los Adultos Mayores con el resto de la sociedad, no discriminándolos bajo mitos y prejuicios que distorsionan la realidad. Para ello son imprescindibles las normativas de funcionamiento y contralor que deberán contemplar al menos algunos de los siguientes aspectos:

Ofrecer un ambiente (clima social), que satisfaga la necesidad de confort y decoro indispensables para una vida digna, respetando pautas culturales y normas vigentes.

Posibilitar condiciones funcionales que brinden seguridad y fácil adaptación.

Respetar la individualidad de los residentes dentro del marco de la convivencia, facilitándoles y estimulándoles el encuentro y su integración en la comunidad.

Propiciar su participación activa a través de grupos de autogestión, en función de sus posibilidades y características.

Poseer una organización y administración correctas, que permitan un adecuado funcionamiento.

Atender la salud de los residentes, tanto en la faz asistencial como en la preventiva y rehabilitatoria, haciendo extensivo el concepto a lo psicosocial.

Contar con recursos humanos (profesionales y no profesionales) con identidad propia, y que desde las distintas especificidades aborden la atención integral y continuada de los Mayores, bajo la Coordinación de un profesional Gerontólogo.

Trabajar  el tema de la importancia de mantener los vínculos con sus familiares; esto es prioritario si el objetivo es la CALIDAD  DE  VIDA. La participación de las familias ofrece ventajas evidentes: responsabiliza y desculpabiliza a estas últimas, es un medio de llenar de vida al establecimiento y, por lo tanto, contribuye a frenar el proceso de deterioro mental y físico del anciano.

El entorno físico incluye el ámbito de la unidad de cuidados, instalaciones accesibles, el ambiente social, el tipo de pacientes y el del personal encargado de cuidados, influye notablemente en la interacción social de los residentes, que debe potenciarse para conseguir un mayor bienestar.

Concluyendo

"La Violación de los Derechos Humanos a la Salud, a la Seguridad Social, sumados al despojo de lo que legítimamente se ha adquirido con el aporte de los años, confiando en ser el condómino de una Obra Social, conlleva a una situación de desamparo que no puede ser vista con indiferencia, ni por los funcionarios públicos, ni por la comunidad en su conjunto, ya que cada uno de nosotros, en un futuro, puede vivir situaciones similares bajo la impávida mirada de sus conciudadanos". (8)

Berlinger señala enfáticamente que: "La responsabilidad social por la salud ha ido decreciendo progresivamente en el escenario global, llegando en la actualidad a ser también presa del "mercado". Con la excusa poco creíble que el Estado es ineludiblemente ineficiente en el cuidado de la salud, se pretende convencer a la sociedad que sólo aquellos cuyo objetivo es ganar dinero pueden diseñar modelos eficientes y ocuparse de la atención de salud". (9)

Vivimos hoy en un mundo en el que las respuestas de la ciencia y de la técnica parecen haber reemplazado la utilidad de la experiencia de vida acumulada por los Ancianos a lo largo de toda su existencia. Esa especie de barrera cultural no debe desanimar a las personas Mayores, porque tienen muchas cosas que decir a las nuevas generaciones y muchas cosas que compartir con ellas; a la tendencia de la sociedad a marginar a quienes ya "no consideran personas productivas ni competitivas", se agregan las vicisitudes de quienes son institucionalizados.

Animarse a "ponerle voz al silencio", sobre este tipo de maltrato, no es tarea sencilla, ya que los Ancianos rara vez denuncian, ya sea por temor o por vergüenza, pero también porque la mayoría desconoce sus Derechos. Por eso subrayamos el rol indelegable del Estado, ya que cuando éste no protege a sus ciudadanos de otros que puedan causarle daño, comparte la responsabilidad de tales actos con quienes los cometen.

"Ampliar las responsabilidades en la protección de los Derechos humanos significa no centrarse únicamente en lo que hacen los gobiernos, sino también en lo que no hacen para promover y defender esos derechos". (10)

Si no se comienza, por esclarecer la intrincada manipulación, si no se lucha por lo evidente, la batalla está desde sus inicios perdida; porque como dijo Bertold Brecht: "Malos tiempos son aquellos en los que hay que luchar por lo evidente".

Y nuestro José Hernandez en su Martín Fierro nos hace pensar ..............

Respeten a los Ancianosel burlarse no es hazaña...La cigüeña, cuando es vieja,pierde la vista, y procurancuidarla en su edad maduratodas sus hijas pequeñas;aprendan de las cigüeñas.                         BIBLIOGRAFÍA

1) Libro "Ancianidad y Derechos Humanos" Compilador Dr. Santiago N. Pszemiarower Ed. Asamblea Permanente por los Derechos Humanos. Marzo-2000

2) G. Goda y J.P. Junod,  "La Psicología del Paciente Anciano", Folia Psychopractica. 1980.

3) Dr. Leandro Despuig. Ex Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

4) Campaña Mundial Pro-Derechos Humanos, Serie de Estudio Nº 6 Naciones Unidas-1993.

5) Mannoni, Maud,  "Lo nombrado y lo innombrable",  Ed. Nueva Visión. Argentina 1997.

6) Plan de Acción Internacional Naciones Unidas. Viena 1982.

7) Oficina Sanitaria Panamericana O.P.S. Sinopsis Informativa. Diciembre de 1991.

8) Libro "Ancianidad y Derechos Humanos" ut supra. Dra. Susana Finkelstein.

9) Berlinguer, Giovanni,  "Ética de la Salud",  Lugar Editorial. 1996.

10) Consejo Económico y Social. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Naciones Unidas.

Contacto: Dr. Santiago N. Pszemiarower.    Correo electrónico: santipsz@ba.net   Web:  www.gerontologia.com.ar