Bolivia. Renta Dignidad se pagará desde fines de enero de 2008 y se garantiza por 50 años

Viernes, 30 de Noviembre de 2007

Canal: Políticas y Derechos

Agencia Boliviana de Información ABI
28 Noviembre 2007.

La Paz, 28 nov (ABI).- El Gobierno anunció este miércoles que el pago de la renta Dignidad comenzará a efectivizarse desde fines de enero del próximo año y aseguró que su vigencia está garantizada por al menos 50 años.

Durante esta jornada, en plaza Murillo y ante la presencia de decenas de campesinos e indígenas el presidente Evo Morales promulgó la Ley 3791 de la renta Dignidad, después de que en la víspera el Congreso sancionó la norma por unanimidad.

Esta ley establece el pago de 2.400 bolivianos anuales a todas las personas mayores de 60 años que no reciban una renta mensual y 1.800 bolivianos para aquellas que sí tengan un ingreso.

El ministro de Hacienda, Luis Alberto Arce, dijo que independientemente de la definición de la forma del pago y la periodicidad del mismo, desde finales de enero de 2008 los beneficiados podrán cobrar la renta Dignidad.

Indicó que esta tarde la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, el viceministerio de Pensiones y su despacho comenzarán la elaboración del decreto que reglamentará la ley, para cuya tarea se tiene el tiempo preciso.

La renta Dignidad beneficiará a 676 mil personas mayores de 60 años en el país y demandará una inversión anual de 215 millones de dólares, recursos que provendrán principalmente del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).

Arce señaló que utilizando los recursos que genera la actividad hidrocarburífera, la sostenibilidad de la renta queda garantizada por al menos 50 años, gracias a la nacionalización de los hidrocarburos, contrariamente a lo que ocurrió con el pago del Bono Solidario (Bonosol), que sólo dependía de la rentabilidad de las empresas capitalizadas, las cuales no rindieron como se esperaba y pusieron en riesgo ese pago.

La fuente principal de pago de la renta Dignidad, que es el IDH, está garantizada a través de Decreto 29322 de redistribución de estos ingresos al interior de cada departamento.

Con la nueva distribución del IDH departamental, las prefecturas recibirán 24.4 por ciento frente al 56.9 por ciento que aún reciben; los municipios mejorarán sus ingresos y tendrán una asignación de 67 por ciento frente al 34.5 por ciento anterior y las universidades mantendrán su asignación en 8.62 por ciento.

La autoridad minimizó el rechazo que aún persiste en cívicos y prefectos de la denominada media luna (Santa Cruz, Beni, Pando, Tarija) además de Cochabamba, al pago de este beneficio, señalando que ahora se trata de una ley y "la ley se cumple".

"Es ley y las leyes se acatan, no es decir en algunos casos somos demócratas y en otros no, tienen que acatar", afirmó.

DATOS

* La renta Dignidad es un beneficio universal y vitalicio que entra en vigencia a partir de enero de 2008, amparada en la Ley 3791 del 28 de noviembre.
* Establece el pago de 2.400 bolivianos anuales a todos los mayores de 60 años que no reciban una renta mensual y 1.800 bolivianos a aquellos que sí tengan un ingreso.
* Beneficiará a 676 mayores de 60 años.
* Demandará un gasto de 215 millones de dólares anuales.
* Las fuentes de financiamiento son el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y la rentabilidad de las empresas capitalizadas que formarán parte de un Fondo que se creará para dar sostenibilidad al pago.
* Las prefecturas, alcaldías y Tesoro General de la Nación (TGN) aportarán 30 por ciento de sus recursos de IDH para el pago de la renta.
* En el caso de las prefecturas, el 30 por ciento de aporte equivale a un 6.6 por ciento del total de sus ingresos con excepción de los recursos propios.
* En el caso de las alcaldías, su aporte del 30 por ciento es compensado a través de la nueva redistribución del IDH, por la cual reciben un 33 por ciento más de ingresos.
* Del total de los beneficiados el 63 por ciento se encuentra en el área urbana y un 37 por ciento en el área rural, aunque en algunos departamentos como Potosí y Chuquisaca sucede un proceso inverso.