Venezuela. Creada la Defensoría Delegada Especial con Competencia Nacional en el Área de Protección de los derechos del Adulto y Adulta Mayor.

Martes, 27 de Mayo de 2008

Canal: Políticas y Derechos

23-05-2008 (DP) Con la creación de una nueva dependencia, la Defensoría del Pueblo busca fortalecer sus competencias de promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos mediante la puesta en funcionamiento de la Defensoría Delegada Especial con Competencia Nacional en el Área de Protección de los derechos del Adulto y Adulta Mayor, según Resolución publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.935 de fecha 21-05-2008.

La disposición defensorial establece, entre otros aspectos, que esta nueva Defensoría Especial se crea con el fin de garantizar una real y efectiva igualdad ante la ley, y adoptar una serie de medidas positivas a favor de personas o grupos que pudieran ser discriminados, marginados o vulnerados y también dando cumplimiento al artículo 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece la obligación del Estado de garantizar a las personas adultos y adultas mayores el pleno ejercicio de sus derechos y garantías.

Las atribuciones asignadas a la Defensoría Delegada Especial con competencia Nacional en el Área de Protección de los Derechos Humanos del Adulto y Adulta Mayor serán: Diseñar, programar y coordinar acciones que garanticen la efectiva protección, defensa y vigilancia de los derechos humanos de la población adulta mayor y crear los mecanismos de control y seguimiento, que permitan evaluar las políticas y planes nacionales dirigidos a garantizar los derechos humanos de este sector.

También tendrá la facultad de promover ante los organismos competentes, la implementación de programas o actividades en beneficio de la población adulta mayor, y que permitan prevenir todas aquellas circunstancias que representen amenaza o lesión de sus derechos humanos.

La nueva Defensoría Delegada Especial asesorará, asistirá y proporcionará apoyo técnico calificado y podrá emitir opiniones y recomendaciones a las diferentes dependencias de la Defensoría del Pueblo en el área de sus competencia.

De esta manera, este organismo integrante del Poder Ciudadano no sólo garantiza la igualdad ante la ley de todas las personas, tal y como lo establece la Constitución en su artículo 21, que, además prohíbe toda forma de discriminación que tenga por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y libertades de toda persona, sino que también honra el compromiso de la institución con los adultos y adultas mayores que han acudido a la Defensoría a exponer sus planteamientos en busca de soluciones a sus problemas.

Publicado en:  defensoria.gob.ve

Defensoría del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela