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Perú: Ley establece atención preferente a las Personas Adultas Mayores

Martes, 14 de Marzo de 2006
Políticas y Derechos

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El sábado 11 de marzo de 2006, el Diario Oficial El Peruano ha publicado la Ley Nº 28683 que modifica la Ley Nº 27408, que establece la atención preferente a las Personas Adultas Mayores y otros sectores de la sociedad para facilitar el uso o acceso adecuado de los servicios y establecimientos de uso público de carácter privado o estatal.

La Ley 28.683, entre otros, exonera a los AM de turnos u otro mecanismo de espera, dispone  adecuar la infraestructura arquitectónica a las necesidades de estos especiales usuarios, así como, implementar mecanismos de presentación de queja.

Esta Ley, identifica a la municipalidades como el órgano competente para velar por estos derechos e incorpora que en el otorgamiento de licencia de funcionamiento de los establecimientos previamente se verifique el cumplimiento de esta Ley.

Se está a la espera de una pronta publicación del Reglamento de dicha ley que permita la puesta en práctica de estas medidas a favor de las personas mayores en Perú.

Ver texto de la Ley en formato PDF

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Peru_Ley_28683.pdf